💵 Tus ingresos

S/

Tu sueldo bruto antes de descuentos. Lo encuentras en tu boleta de pago.

Si entraste a trabajar durante el año, ajusta este valor.

S/

Si además de tu trabajo en planilla emites recibos por honorarios (consultoría, clases, servicios independientes), suma el total cobrado en el año. Si no tienes, deja en 0. La ley permite deducir automáticamente el 20% de estos ingresos antes de calcular el impuesto.

🧾 Tus gastos deducibles

S/

El alquiler del inmueble donde vives. Requiere contrato y recibo del arrendador. No aplica si eres propietario. Se deduce el 30% del total anual.

S/

Consultas, tratamientos, operaciones. El profesional debe emitir recibo por honorarios (4ta categoría). Incluye gastos de tu cónyuge, hijos menores de 18 años e hijos con discapacidad inscritos en CONADIS. No incluye farmacias ni clínicas que emitan factura. Se deduce el 30% del total.

S/

Abogados, contadores, psicólogos, arquitectos, etc. que trabajen con recibo por honorarios (4ta categoría). No aplica si la empresa emite factura. Se deduce el 30% del total.

S/

Solo con boleta electrónica a tu nombre con tu DNI. Pide siempre boleta electrónica con DNI — SUNAT la registra automáticamente. Sin DNI no cuenta. Se deduce el 15% del total.

S/

Si tienes una trabajadora del hogar y aportas a su EsSalud. Tasa oficial: 9% de su sueldo. Se deduce el 100% de lo aportado.

Completa tus ingresos y presiona Calcular.

Cálculo referencial basado en UIT 2026 (S/ 5,500) y normativa vigente. El cálculo de 4ta categoría aplica la deducción fija del 20% establecida por ley. No incluye rentas de capital (alquiler que cobras, dividendos, acciones), que tributan de forma independiente. Tu impuesto real puede variar según bonos, utilidades u otros ingresos. Verifica en sunat.gob.pe o consulta a un contador público colegiado.
🏛️ Herramienta elaborada conforme a normativa peruana vigente. Impuesto a la Renta: D.S. 179-2004-EF (TUO LIR) | UIT 2026: S/ 5,500 según D.S. 301-2025-EF | Gastos deducibles: Art. 46°-A LIR y modificatorias.

💳 Cómo recuperar tu dinero

📱

Revisa tus gastos en SUNAT

Entra a sunat.gob.pe → App Personas → Gastos Deducibles. Los restaurantes con boleta electrónica ya aparecen automáticamente. No tienes que hacer nada.

📋

Declara en marzo-abril del año siguiente

La declaración anual abre cada año entre marzo y abril. SUNAT prepara un borrador con tus datos — solo revisas y confirmas. Puedes agregar gastos que no aparezcan.

💳

Recibe la devolución

Si pagaste más de lo que correspondía, SUNAT deposita la diferencia en tu cuenta bancaria en días hábiles.

🧮 ¿Cómo se calculó esto?

1️⃣ Tu renta del trabajo

Paso 1 — Renta bruta 5ta categoría:
Paso 3 — Deducción básica:
Fuente: Art. 46°, TUO LIR
Paso 4 — Renta neta:

🔍 Guía completa

📊 ¿Qué es el impuesto a la renta de 5ta categoría?

Si trabajas en planilla, tu empleador te descuenta cada mes un porcentaje de tu sueldo por concepto de Impuesto a la Renta de 5ta categoría. Es un impuesto progresivo: mientras más ganas, mayor es la tasa que se aplica sobre el excedente de cada tramo — nunca sobre el total de tu ingreso.

Antes de calcular cualquier impuesto, la ley te reconoce automáticamente una deducción de 7 UIT al año (S/ 38,500 en 2026), sin necesidad de sustentar ningún gasto. Solo pagas impuesto sobre lo que ganas por encima de ese monto.

Si además de tu sueldo emites recibos por honorarios (ingresos de 4ta categoría, por ejemplo por consultorías o clases particulares), ambos ingresos se suman para un solo cálculo: a los honorarios se les resta automáticamente un 20% por ley, y luego se combinan con tu sueldo antes de aplicar la deducción de 7 UIT.

🧾 Los 5 gastos que puedes deducir

Además de las 7 UIT automáticas, la ley te permite deducir hasta 3 UIT adicionales (S/ 16,500 en 2026) si sustentas gastos personales en estas cinco categorías:

🏠 Alquiler (30% deducible)

Qué cuenta: el alquiler del inmueble donde vives.

Qué NO cuenta: alquiler de un local comercial, de un inmueble que no habitas, o a nombre de otra persona.

Comprobante: el recibo por arrendamiento que el arrendador debe generar y declarar ante SUNAT (Formulario 1683), o factura si el propietario es una empresa.

Ejemplo: pagas S/ 1,200/mes → S/ 14,400 al año × 30% = S/ 4,320 de deducción.

🏥 Médicos y odontólogos (30% deducible)

Qué cuenta: consultas, tratamientos y cirugías con recibo por honorarios (4ta categoría) del profesional de salud. Incluye gastos de tu cónyuge, hijos menores de 18 años, e hijos con discapacidad inscritos en CONADIS.

Qué NO cuenta: medicinas de farmacia, ni clínicas u hospitales que emiten factura (no boleta ni recibo por honorarios).

Comprobante: recibo por honorarios electrónico emitido por el profesional.

Ejemplo: pagas S/ 500 por una consulta con especialista → S/ 500 × 30% = S/ 150 de deducción.

💼 Honorarios a profesionales independientes (30% deducible)

Qué cuenta: abogados, contadores, psicólogos, arquitectos y similares que emiten recibo por honorarios.

Qué NO cuenta: servicios prestados por una empresa que factura — esta deducción es solo para profesionales independientes de 4ta categoría.

Comprobante: recibo por honorarios electrónico.

Ejemplo: pagas S/ 300 de honorarios a tu contador → S/ 300 × 30% = S/ 90 de deducción.

🍽️ Restaurantes y hoteles (15% deducible)

Qué cuenta: consumos en restaurantes, bares y hoteles con boleta electrónica emitida a tu nombre, con tu DNI.

Qué NO cuenta: boletas sin DNI, boletas físicas no electrónicas, o consumos por apps de delivery que no emiten boleta a tu nombre.

Comprobante: la boleta electrónica con DNI se registra automáticamente en tu cuenta SUNAT — no necesitas guardar nada.

Ejemplo: gastas S/ 150 en un restaurante y pides boleta con tu DNI → S/ 150 × 15% = S/ 22.50 de deducción.

🧹 EsSalud de trabajador del hogar (100% deducible)

Qué cuenta: el aporte mensual que haces a EsSalud por tu trabajadora o trabajador del hogar (9% de su sueldo).

Qué NO cuenta: el sueldo mismo del trabajador del hogar — solo el aporte a EsSalud — ni pagos informales sin declarar.

Comprobante: constancia de pago de aportes a EsSalud a través de SUNAT.

Ejemplo: aportas S/ 108/mes → S/ 1,296 al año × 100% = S/ 1,296 de deducción, el íntegro.

🧾 ¿Cómo pedir boleta electrónica con DNI?

  1. Al pedir la cuenta, di: "Boleta electrónica con DNI [tu número]".
  2. El restaurante está obligado a emitirla si la pides — no puede negarse.
  3. Aparece en tu cuenta SUNAT dentro de los siguientes 7 días calendario — el emisor tiene ese plazo para comunicar la operación a SUNAT.
  4. No necesitas guardar papel — es 100% digital y SUNAT ya la tiene registrada para tu declaración.

📆 ¿Cuándo y cómo declaro?

❓ Preguntas frecuentes

¿Pierdo la devolución si no declaro?

Sí. SUNAT no devuelve automáticamente si no presentas la declaración anual. Tienes hasta el vencimiento (generalmente abril) para hacerlo. Pasado ese plazo, pierdes el derecho.

¿Necesito guardar los comprobantes en papel?

Para restaurantes y hoteles con boleta electrónica, no — SUNAT los registra automáticamente. Para alquiler, médicos y honorarios sí debes conservar los originales.

¿El alquiler que cobro cuenta o el que pago?

El que TÚ pagas como inquilino. El que cobras como propietario genera impuesto de 1ra categoría, no deducción.

¿Puedo deducir gastos de salud de mis hijos?

Sí, si son menores de 18 años o mayores con discapacidad inscritos en CONADIS. El comprobante debe estar a tu nombre.

¿Qué pasa si mis gastos superan S/ 16,500?

Solo se aplica hasta ese tope. El exceso no genera beneficio adicional. Conviene igualmente declarar aunque no uses todo.

¿Los gastos con tarjeta de crédito cuentan?

Sí. Para gastos mayores a S/ 2,000 o USD $500, SUNAT exige pago bancarizado (tarjeta, transferencia, etc.).

¿Aplica si trabajo solo parte del año?

Sí, pero el cálculo se hace sobre los meses trabajados y los ingresos reales de ese período.

¿Aplica si tengo ingresos de 4ta y 5ta categoría a la vez?

Sí. Ambas se suman para calcular la renta neta del trabajo. La deducción básica de 7 UIT y el tope de 3 UIT aplican sobre el total combinado.

¿Esta calculadora incluye rentas de alquiler o dividendos?

No. Las rentas de capital (alquiler que cobras, dividendos, intereses, venta de acciones) tributan de forma independiente y no se incluyen en este cálculo.

¿Cuándo y cómo declaro mis gastos deducibles ante SUNAT?

La declaración anual del Impuesto a la Renta de personas naturales está disponible cada año entre marzo y abril del año siguiente, en sunat.gob.pe. SUNAT prepara un borrador automático con lo que ya tiene registrado (sueldos, retenciones, boletas de restaurantes con tu DNI), y tú solo revisas, agregas lo que falte (alquiler, médicos, honorarios) y confirmas.

¿Puedo deducir gastos si solo tengo ingresos de 4ta categoría, sin planilla?

El mecanismo de deducción también aplica a quienes solo emiten recibos por honorarios, sin sueldo en planilla — la ley no lo limita a quienes tienen 5ta categoría. Sin embargo, esta calculadora está diseñada para trabajadores con sueldo en planilla (con o sin honorarios adicionales) y pide un sueldo bruto mensual para funcionar. Si tu único ingreso es por honorarios, el cálculo de tu renta neta y tope de deducción sigue la misma lógica, pero debes hacerlo aparte.

¿El tope de S/ 16,500 se acumula si no lo uso todo en un año?

No. Es un límite anual que se reinicia cada año — no puedes "guardar" lo que no usaste este año para deducir más el próximo. Si en 2026 solo dedujiste S/ 5,000 de los S/ 16,500 disponibles, en 2027 vuelves a tener el tope completo, pero no arrastras el saldo no utilizado.

¿Qué pasa si mi cónyuge y yo declaramos el mismo gasto?

Cada comprobante solo puede usarlo la persona cuyo DNI aparece en él — no se puede duplicar el mismo gasto en las declaraciones de ambos cónyuges. Si es un gasto compartido (por ejemplo, una consulta médica familiar), conviene decidir de antemano a nombre de quién se pide el comprobante, según quién tenga más impuesto por recuperar.

¿Los gastos veterinarios de mascotas cuentan como médicos?

No. La deducción de "médicos y odontólogos" aplica únicamente a atención de salud humana — tuya, de tu cónyuge o de tus hijos según los requisitos ya mencionados. Los gastos veterinarios, por más que se paguen con recibo por honorarios de un profesional, no están contemplados en ninguna de las cinco categorías deducibles.

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